viernes, 28 de noviembre de 2014

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Gaceta Oficial 40549 del 26 Noviembre 2014
Gaceta Oficial 40.549 del 26 Noviembre 2014

SUMARIO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 1.415, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Antimonopolio.- (Se reimprime por fallas en los originales).

Decreto N° 1.423, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos.-

Decreto N° 1.491, mediante el cual se nombra al ciudadano Daniel Alejandro Davis, como Presidente del Instituto de Ferrocarriles d...


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I Jornadas Prácticas de Pruebas Electrónicas // Ámbito Penal, Laboral, Civil, Administrativo y Lopnna

I JORNADAS PRÁCTICAS DE PRUEBAS ELECTRÓNICAS
Ámbito Penal, Laboral, Civil, Administrativo y Lopnna

INFORMACIÓN GENERAL
FECHA: 27 y 28 de Noviembre de 2014 // 8:00 AM a 1:00 PM.
LUGAR: Cines Unidos - Centro Comercial Sambil, Chacao, Caracas.
PONENTES:
  • Raymond Orta Martinez
  • Hildamar Fernández
  • Jose Ovidio Salgueiro<...


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Resolución DM/No.118, DM/No. 093-14, DM/No. 073, Conjunta para la facilitación de la Importación de Bienes sin fines Comerciales adquiridos con Div...
Gaceta Oficial Nº 40.522 del 20 de octubre de 2014

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMIA, FINANZAS Y BANCA PUBLICA

DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCION DM/No.118

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO

DESPACHO DE LA MINISTRA

RESOLUCION DM/No.093-14

Y MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA INDUSTRIAS

DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCION DM/No. 073

Caracas, 09 de octubre de 2014

204°, 155° y 15...


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Jurisprudencia: Interpretación vinculante del derecho a la jubilación de los funcionarios públicos
tsj.gov.ve
Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que fija la interpretación vinculante del derecho a la jubilación de los funcionarios públicos



"...IV

MOTIVACIONES PARA DECIDIR

Determinada como ha sido la competencia para conocer de la presente solicitud de revisión constitucional y una vez analizados los argumentos del solicitante, esta Sala pasa a decidir en los siguientes términos.

Advierte esta Sala que la actual solicitud se encuadrÃ...


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TSJ SPA sin lugar amparo sobre decreto presidencial







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viernes, 28 de noviembre de 2014

Improcedente acción de amparo constitucional cautelar contra un Decreto Presidencial

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La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró improcedente la acción de amparo constitucional cautelar, interpuesta por Nelson Riedi Cabello, actuando como presidente del Colegio de Abogados del estado Carabobo, y un grupo de profesionales del Derecho, contra los artículos 2, 3 y 6 del Decreto Presidencial N° 664 del 10 de diciembre de 2013, publicado al día siguiente en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.313.
El referido decreto declara Monumento Nacional la obra arquitectónica denominada "Parque  Recreacional  Sur-Plaza  Monumental", ubicada en la parroquia Santa Rosa, del municipio Valencia del estado Carabobo.
Sostienen los solicitantes, entre otros alegatos, que el Decreto menoscaba el derecho a la propiedad del mencionado municipio valenciano así como el derecho de propiedad de un grupo de personas que habitan en dicha entidad político territorial.
Al respecto la sentencia del TSJ indicó que "los accionantes no representan al municipio Valencia del estado Carabobo, en consecuencia, mal pueden invocar la violación de un derecho para el cual no se encuentran legitimados".
Luego de constatar la Sala Político Administrativa que en el presente caso no se cumplieron los requisitos para acordar una acción de amparo constitucional cautelar, se declaró improcedente la petición.
Fecha de Publicación:
  28/11/2014

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jueves, 27 de noviembre de 2014

TSJ SC Antejuicio de merito contra el diputado de la oposicion Juan Carlos Caldera







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jueves, 27 de noviembre de 2014

TSJ declara procedente antejuicio de mérito contra el diputado Juan Carlos Caldera

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El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, declaró procedente la solicitud de antejuicio de mérito contra el diputado a la Asamblea Nacional Juan Carlos Caldera López, interpuesto por la fiscal general de la República, Dra. Luisa Ortega Díaz, y declaró, en consecuencia, que hay mérito para su enjuiciamiento, por la presunta comisión de los delitos de suposición de valimiento y legitimación de capitales, previstos y sancionados en los artículos 79 de la Ley Contra la Corrupción y 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.
La sentencia, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Fernando Vegas Torrealba, primer vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia, decidió además, lo siguiente:
  • Se declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta por el ciudadano Juan Carlos Caldera López.
  • Se declaró improcedente la solicitud de desaplicación del artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
  • Se ordenó notificar a la Asamblea Nacional, en la persona de su presidente, diputado Diosdado Cabello Rondón, sobre la presente decisión, a los fines de que ese Órgano Legislativo Nacional delibere sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria del ciudadano Juan Carlos Caldera López, con lo cual, de ser acordado, operará de pleno derecho lo referido en el artículo 380 del COPP.
  • Se ordenó remitir las actuaciones que conforman el presente antejuicio de mérito a la fiscal general de la República, Dra. Luisa Ortega Díaz, a los efectos de que se le siga causa penal ordinaria, de conformidad con el artículo 112 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
  • Se ordenó notificar de la decisión a la máxima representante del Ministerio Público, Dra. Luisa Ortega Díaz, y al ciudadano Juan Carlos Caldera López.
La Sala Plena examinó la querella fiscal y los evidentes elementos de convicción que incriminarían a Juan Carlos Caldera López, por haber incurrido presuntamente en los citados delitos, y en la necesidad irrestricta de investigar de manera exhaustiva si el ciudadano, que fue electo diputado por el estado Miranda en las pasadas elecciones legislativas, efectivamente, como lo reseña la investigación preliminar, "procedió a alardear de relaciones de importancia e influencia mantenidas con el ciudadano Henrique Capriles Radonski (…) haciéndose entregar (…) en base a ello, cantidades de dinero, a modo de recompensa, por la mediación prometida a un presunto empresario de nuestro país".
Finalmente, habiendo sido declarada en el presente fallo, la existencia de mérito para su enjuiciamiento, corresponderá a la Asamblea Nacional, conforme al artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la respectiva deliberación a los fines de decidir lo concerniente al posible allanamiento de la inmunidad parlamentaria.

Fecha de Publicación:
  27/11/2014

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miércoles, 26 de noviembre de 2014

TSJ SC Suspende elecciones por mal confeccionado el Registro Electoral







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martes, 25 de noviembre de 2014

Pautadas para este 29 de noviembre
TSJ suspende elecciones en la Federación Venezolana de Coleo

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la suspensión del acto de votación pautado para este 29 de noviembre, con el objeto de elegir a los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor y Delegados de la Federación Venezolana de Coleo (Feveco), para el período 2013 al 2017, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral interpuesto en el presente caso.
Así lo decidió la Sala Electoral del Máximo Juzgado del país al declarar procedente la solicitud de amparo cautelar interpuesta por la abogada María Loreto González, actuando en nombre propio y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Máximo Daal Suárez y Guido Rafael Camargo Reyes, jueces de coleo, miembros de la Asociación de Coleo del estado Falcón y de Feveco.
En el presente caso la abogada María Loreto cuestionó la constitución del Registro Electoral Definitivo, sobre la base de excluirse su nombre y el de sus representados, invocando la condición de jueces de coleo miembros de la Asociación de Coleo del estado Falcón y de Feveco.
Constató la Sala del Alto Juzgado, entre otros aspectos, que en el expediente cursa copia del Registro Electoral Preliminar de los atletas y jueces del estado Falcón, dentro de los cuales figura el nombre de la referida profesional del Derecho y sus representados, en el rol de jueces, pero en la copia del Registro Electoral Definitivo no figuran sus nombres.
Lo antes expuesto permitió a la Sala Electoral, prima facie, presumir la vulneración de los derechos al sufragio y a la participación de los accionantes, por lo que al verificarse los requisitos para acordarlo, declaró procedente la solicitud de amparo cautelar.
Fecha de Publicación:
  25/11/2014

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martes, 11 de noviembre de 2014

TSJ Comite de Postulaciones Judiciales de visita







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lunes, 10 de noviembre de 2014

Comité de Postulaciones Judiciales visita al Tribunal Supremo de Justicia


El Tribunal Supremo de Justicia sostuvo un encuentro con el Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional para intercambiar ideas en el marco del proceso de selección de los nuevos magistrados que debe realizar el parlamento.
La presidenta del Alto Tribunal, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, junto a las magistradas y magistrados que integran la Junta Directiva de la Institución, recibieron en la sede del Máximo Juzgado del país a las diputadas, diputados, principales y suplentes; y a los representantes de la sociedad civil, quienes calificaron el encuentro como altamente positivo.
La Magistrada Presidenta dio la bienvenida al Comité presidido por el diputado Elvis Amoroso y destacó la importante labor que cumplen en el fortalecimiento del Sistema de Administración de Justicia. Asimismo, deseó éxito en la escogencia de los Magistrados, señalando que la selección debe hacerse en base a aspectos tales como formación académica, experiencia laboral y valores éticos y morales, entre otros.
Los miembros de la Junta Directiva intervinieron durante el encuentro y coincidieron en la voluntad expresa del Alto Tribunal, en darle apoyo a la gestión que realizará el Comité para culminar satisfactoriamente el mandato impartido por la AN, especialmente a través de la Comisión Judicial. 
Es la primera vez que un Comité de Postulaciones Judiciales se reúne con la Directiva del Tribunal Supremo de Justicia. En este sentido, la Directiva del Máximo Juzgado recibió información sobre el cronograma de trabajo que está desarrollando el Comité, por parte del parlamentario Elvis Amoroso, los representantes de la sociedad civil y de los partidos de gobierno y de oposición, quienes además solicitaron información referente al desempeño de funcionarios y ex funcionarios del Poder Judicial que aspiren a ser Magistrados de este Máximo Tribunal.
Como parte de este proceso, la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado resaltó el trabajo que debe desempeñar la comunidad organizada como parte del Comité, para garantizar que se cumplan los principios constitucionales de participación activa del Poder Popular.
Le corresponde al Comité una alta responsabilidad para contribuir al robustecimiento de las instituciones democráticas y al Estado social de Derecho y de Justicia. De allí la importancia de mantener este tipo de reuniones, con el objetivo de dar cumplimiento al principio constitucional de colaboración entre los poderes públicos.
Fecha de Publicación:
  10/11/2014

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sábado, 1 de noviembre de 2014

TSJ SP Niega Recurso de Leopoldo Lopez

JUAN FRANCISCO ALONSO |  EL UNIVERSAL
viernes 31 de octubre de 2014  05:24 PM
Caracas.- Por considerar que no hay "graves desórdenes procesales" ni tampoco "escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática", el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó revisar el juicio contra el líder fundador de Voluntad Popular, Leopoldo López.

La decisión la adoptó esta tarde la Sala de Casación Penal al desechar la solicitud de avocamiento que el pasado 2 de septiembre los abogados Juan Carlos Gutiérrez y Francisco Santana interpusieron por considerar que la decisión del Ministerio Público y de los tribunales 16 de Control y 28 de Juicio de Caracas de procesarlo sin admitirle una sola prueba violaba su derecho al debido proceso y a la defensa; y que la situación aislamiento a la que está sometido en la cárcel militar de Ramo Verde (Los Teques) vulnera sus derecho a la dignidad.

En el fallo el magistrado Paúl Aponte Rueda desechó esos señalamientos y acusó a los representantes del exalcalde de Chacao y exprecandidato presidencial de pretender que "la Sala de Casación Penal sustituya la función de los órganos jurisdiccionales en sus diferentes instancias".

"El solicitante no pueden procurar utilizar el avocamiento para impugnar un fallo que le adversa, o pretender revertir un proceso que no le sea cónsono en todos sus requerimientos", agregó la instancia, la cual evadió pronunciarse en relación a la instrucción del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas que calificó de "arbitraria" la detención de López y ordenó su inmediata liberación.