El Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) ordenó la suspensión del acto de votación pautado para este 29 de
noviembre, con el objeto de elegir a los miembros de la Junta Directiva,
Consejo de Honor y Consejo Contralor y Delegados de la Federación
Venezolana de Coleo (Feveco), para el período 2013 al 2017, hasta tanto
se decida el recurso contencioso electoral interpuesto en el presente
caso.
Así lo decidió la Sala Electoral
del Máximo Juzgado del país al declarar procedente la solicitud de
amparo cautelar interpuesta por la abogada María Loreto González,
actuando en nombre propio y con el carácter de apoderada judicial de los
ciudadanos Máximo Daal Suárez y Guido Rafael Camargo Reyes, jueces de
coleo, miembros de la Asociación de Coleo del estado Falcón y de Feveco.
En el presente caso la abogada
María Loreto cuestionó la constitución del Registro Electoral
Definitivo, sobre la base de excluirse su nombre y el de sus
representados, invocando la condición de jueces de coleo miembros de la
Asociación de Coleo del estado Falcón y de Feveco.
Constató la Sala del Alto Juzgado,
entre otros aspectos, que en el expediente cursa copia del Registro
Electoral Preliminar de los atletas y jueces del estado Falcón, dentro
de los cuales figura el nombre de la referida profesional del Derecho y
sus representados, en el rol de jueces, pero en la copia del Registro
Electoral Definitivo no figuran sus nombres.
Lo antes expuesto permitió a la Sala Electoral, prima facie,
presumir la vulneración de los derechos al sufragio y a la
participación de los accionantes, por lo que al verificarse los
requisitos para acordarlo, declaró procedente la solicitud de amparo
cautelar.
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