El Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) a través de su Sala de Casación Social, declaró inadmisible el
recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil
Productos EFE S.A. contra la decisión dictada por un juzgado superior
del trabajo en relación con el juicio por cobro de horas extras y otros
conceptos laborales instaurado por un grupo de sus trabajadores.
En el presente caso el Juzgado
Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, el 4 de octubre de 2013, revocó la decisión de
un tribunal de primero instancia de juicio y declaró parcialmente con
lugar la demanda presentada por el grupo de ciudadanos contra Productos
EFE S.A.
Contra la sentencia del referido
juzgado superior, la representación judicial de la empresa interpuso un
recurso de control de la legalidad, sobre el cual la Sala de Casación
Social, con ponencia de su presidente, magistrado Luis Franceschi
Gutiérrez, indicó que de la decisión impugnada y las restantes actas que
conforman el expediente, se constata que el fallo está ajustado a
derecho.
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