La Sala de Casación Penal declaró
procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana Alejandra
Arango Rendón De Raimondi, natural de Medellín, de nacionalidad
venezolana por naturalización, a la República de Colombia, por los
delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas
en la modalidad de transporte, tipificado en el artículo 149 de la Ley
Orgánica de Drogas; legitimación de capitales y asociación para
delinquir, tipificados en los artículos 35 y 37, respectivamente, de la
Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo.
Indica la sentencia del Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ), que asume el firme compromiso ante el
Gobierno de Colombia, que dicha ciudadana será juzgada con las debidas
garantías constitucionales, procesales penales, establecidas en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La decisión del Máximo Juzgado
venezolano, cuya ponente fue la magistrada Deyanira Nieves Bastidas,
también ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz,
una copia certificada del fallo y de las actuaciones que cursan en el
expediente.
En el presente caso el Juzgado
Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial
Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, dictó orden de
aprehensión contra Alejandra Arango Rendón De Raimondi, pero la misma no
se ha podido ejecutar porque la ciudadana no se encuentra en el
territorio nacional.
Existe constancia que dicha
ciudadana se encuentra en Colombia, porque según información
suministrada por Elsa Iliana Gutiérrez Graffe, directora general (E) de
Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Exteriores, Alejandra Arango Rendón fue capturada el 11 de junio de 2014
en territorio colombiano, en virtud de pesar en su contra notificación
expedida por Interpol.
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