El Tribunal Supremo de Justicia, a
través de su Sala Electoral, declaró procedente una medida cautelar
solicitada por el presidente de la Asociación de Empleados de la
Universidad de Los Andes (Aeula), Rolando Van Grieken, por lo que se
ordenó la suspensión inmediata, hasta tanto se decida el fondo del
presente caso, de los efectos de la convocatoria a elecciones cuyo acto
de votación fue pautado para el próximo 29 de enero, con la finalidad de
escoger a los miembros de la Junta Directiva de la mencionada
Asociación.
La sentencia ordena a los miembros
de la Comisión Electoral electa en ejecución de la sentencia N° 154 de
fecha 01 de noviembre de 2010 de la Sala Electoral y conformada por los
ciudadanos Alí Rodríguez, Alexander Piña, Belkis Contreras, Carlos Gíl,
Luis Borjas y Rosario Uzcátegui, acreditados ante la Oficina Regional
del Consejo Nacional Electoral del estado Mérida, "que continúen
llevando a cabo el proceso electoral a los fines de elegir a los
miembros de la Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad
de Los Andes."
Asimismo la Sala, con ponencia de
su presidente, magistrado Fernando Vegas Torrealba, admitió el recurso
contencioso electoral interpuesto por Rolando Van Grieken contra la
supuesta e ilegítima Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de
la Universidad de Los Andes, por haber convocado a un proceso comicial
para el 29 de enero de 2014.
Indica la decisión de la Sala del
TSJ que de la convocatoria a las referidas elecciones, publicada en un
diario regional, se desprende que la misma está firmada por Leonel
Vivas, Lucidio Alarcón y Yolanda Ramírez como supuestos miembros de la
Comisión Electoral, sin embargo, dichos nombres difieren de los elegidos
en la Asamblea Extraordinaria celebrada el 29 de noviembre de 2013, y
notificada a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral del
estado Mérida el 01 de diciembre de 2013, por lo que estaría siendo
convocada por un órgano distinto a la Comisión Electoral acreditada ante
el CNE.
Lo anterior, precisa la sentencia,
permite a la Sala Electoral, "prima facie, presumir la vulneración de
los derechos al sufragio y a la participación, tanto del recurrente
-Rolando Van Grieken- como de los demás miembros de la asociación".
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