La Sala Constitucional acordó
convocar al alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira,
Daniel Ceballos, a una audiencia para que exponga los argumentos que a
bien tuviere en su defensa ante el presunto incumplimiento del mandato
librado por esa instancia mediante sentencia N° 135 del pasado 12 de
marzo (Caso: alcaldes Blyde y Smolansky), con efectos extensivos al
alcalde Ceballos en virtud del fallo 137 del 17 de marzo de 2014.
En la sentencia N° 135 se ordena,
entre otras cosas, que dentro del marco jurídico que lo rige, y en el
ámbito territorial que abarca el municipio en el cual ejerce sus
competencias se realicen todas las acciones y utilicen los recursos
materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la
Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que
impidan, perjudiquen o alteren el libre tránsito de las personas y
vehículos.
Para la celebración de la
audiencia, que será convocada oportunamente, la Sala también ordena la
notificación del Ministerio Público y de la Defensora del Pueblo.
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