martes, 6 de noviembre de 2012

Juez Superior Agrario del Zulia







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Lunes, 05 de Noviembre de 2012

Juez Superior Agrario del Zulia
Para resolver un conflicto agrario el Juez debe tener proximidad con las pruebas y con el bien objeto de la causa


       Durante el desarrollo del II Congreso Internacional Derecho Agrario, el Juez Superior Agrario del estado Zulia, Dr. Johbing Álvarez, mencionó la tendencia jurisprudencial de la Sala Constitucional en materia agraria y destacó su función protectora e integradora en la interpretación jurídica constitucional.
       Afirmó, que la Sala Constitucional ha ido ganando terreno en la argumentación judicial venezolana a través de su criterio vinculante.
        Al referirse a las competencias de la mencionada Sala, como máximo intérprete de la Constitución, destacó el control concentrado, la revisión de sentencias, el control difuso, la interpretación y el avocamiento en el orden agrario.
        Destacó la importancia en que los jueces tengan proximidad con las pruebas y con el bien objeto de la causa para que puedan resolver una situación jurídica agraria. De igual modo, mencionó alguna de las virtudes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: "la cual en todas las fases de procesos, hasta en la fase de ejecución nuestra Ley de Tierras garantiza la idoneidad del juez, ya que el juez que me va a juzgar a mi tiene que verme la cara cuando yo vaya al fundo, es una noción de transparencia que le es dado al ciudadano venezolano".
        Finalmente, destacó la importancia de la Sala Constitucional en el desarrollo de una de las tres dimensiones procesales que tiene Venezuela en el derecho permanente, ya que está dirigido a evitar que un desalojo arbitrario afecte a alguien que esté ocupando las tierras con vocación y con actividad agraria, lo que se traduce en una garantía procesal al no desalojo.
Facultades del juez contencioso administrativo agrario
         Por su parte, el Juez Superior Agrario del estado Yaracuy Dr. José Vitos explicó a los visitantes sobre los poderes de los jueces contenciosos administrativos agrario.
         Explicó que gracias al artículo 159 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario se consagró la actuación del contencioso administrativo, ya que no sólo abre la posibilidad de anular los actos administrativos, sino que accede a condenar el pago de sumas de dinero y a conocer los contratos administrativos.
         De igual modo, destacó la importancia de las facultades del juez contencioso administrativo agrario, ya que regulan los intereses corruptivos, intereses del productor rural y al mismo tiempo verifica que órganos de la administración pública realmente estén emitiendo los procedimientos administrativos apegados a los principios de la legalidad.
          En el mismo orden de ideas, aclaró que dentro de los poderes cautelares del juez contencioso se encuentra la profundidad de ordenar la inspección de la tierra, el cual a su juicio, es un recurso que no debería abandonar el juez contencioso. "El juez debe estar ahí y constatar personalmente lo que está sucediendo, porque debe conocer la sensibilidad que existe en estos sectores de productores y debe ser muy minucioso" dijo.
         Finalmente, resalto la importancia de preponderar la conciliación entre las partes, "estas son las facultades otorgadas al juez agrario".
Fecha de Publicación:
  05/11/2012

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