jueves, 27 de marzo de 2014

TSJ SC Inadmisible interpretacion art. 1067 codigo organico tributario







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jueves, 27 de marzo de 2014

Inadmisible recurso de interpretación del numeral 2 del artículo 106 del Código Orgánico Tributario

Ver Sentencia


El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de interpretación, presentado por el ciudadano Félix Freites Cova, presidente de la asociación civil Alianza Nacional de Protección al Comerciante (Anprocom), del numeral 2 del artículo 106 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.305, de fecha 17 de octubre de 2001.
Dicho recurso fue interpuesto "(...) en cuanto al vacio o ambigüedad administrativa que se presenta con respecto al tiempo que tiene la Administración Pública para ordenar el retiro o destrucción de los precintos colocados en establecimientos comerciales solventes (…)”, según precisó el solicitante en el escrito presentado ante el Alto Juzgado del país.
Constató el Juzgado de Sustanciación que Félix Freites describe en su petición una serie de hechos relativos a una situación particular y con apoyo a ello es que solicita la interpretación del prenombrado texto normativo, pretendiendo así sustituir los mecanismos, medios o recursos previstos en la ley para dirimir la situación jurídica y obtener del TSJ una opinión previa para poner fin a un procedimiento administrativo surgido entre la mencionada sociedad de comercio y el Servicio de Administración Tributaria del Gobierno del Distrito Capital (Satdc).
En vista de lo anterior se declaró inadmisible el recurso, con fundamento en la causal de inadmisibilidad establecida en el artículo 35, numeral 7 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia por no dar cumplimiento a los requisitos necesarios para su admisión establecidos en este último precepto legal.
Fecha de Publicación:
  27/03/2014

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