El Juzgado de
Sustanciación de la Sala Constitucional declaró la perención de la
instancia y ordena el archivo del expediente contentivo del recurso de
nulidad intentado por los ciudadanos Alfonzo Marquina, Carlos Ramos y
María Barboza y Adriana Vigilanza contra el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Público.
Recordó el Juzgado de
Sustanciación que el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia señala: "El cartel de emplazamiento será
publicado por la parte demandante en un diario de circulación nacional o
regional según sea el caso, para que los interesados o interesadas
concurran dentro del lapso de diez días de despacho siguientes a que
conste en autos su publicación. La parte demandante tendrá un lapso de
diez días de despacho, contados a partir del momento en que se haya
librado el cartel, para retirarlo y publicarlo y consignar en autos un
ejemplar del periódico donde hubiese sido publicado. Si la parte
demandante incumpliere con esta carga se declarará la perención de la
instancia y se ordenará el archivo del expediente, salvo que existan
razones de orden público que justifiquen la continuación de la causa, en
cuyo caso, el cartel deberá ser publicado por el Juzgado de
Sustanciación.”
En el presente caso el
29 de noviembre de 2012, fecha en que se libró el cartel de
emplazamiento a los interesados, hasta el 8 de enero de 2013, habían
transcurrido los diez días de despacho para efectuar el acto pertinente
de publicación y consignación del cartel ordenado y librado, sin que la
parte retirara, publicara y consignara el cartel, por lo que se produjo
la perención breve de la instancia.
Basado en lo anterior
se ordenó el archivo del expediente N° 2012-486, contentivo del recurso
de nulidad intentado contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Administración Financiera
del Sector Público.
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