La Sala Constitucional
en ponencia de su vicepresidente, magistrado Francisco Carrasquero
López, declaró inadmisible la solicitud de interpretación ejercida por
los abogados Orlando Padron Guevara y Morela Torrealba Contreras, sobre
los artículos 149 de la Ley Orgánica de Drogas, 375 del Código Orgánico
Procesal Penal (COPP) y 29 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
Señaló la Sala del
Alto Tribunal que la pretensión simultánea de interpretación de una
disposición constitucional y de disposiciones legales, efectuada de
forma indeterminada, es decir, sin indicar cuáles son las dudas que
precisan la interpretación, determina la inadmisibilidad de la misma no
sólo por el mero hecho de la omisión de indicar en qué consiste la
oscuridad o ambigüedad alegada, si no de acumular indebidamente la
pretensión de interpretación de una disposición constitucional a la
pretensión de interpretación de disposiciones legales sin que se haya
manifestado, por ejemplo, la relación entre las mismas que haga
necesaria una interpretación de las disposiciones legales en cuestión
desde la perspectiva de algún precepto constitucional.
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