El Juzgado de
Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió la acción de
nulidad parcial por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad
interpuesta por la Cámara Venezolana de la Educación Privada (Cavep),
contra el acto administrativo contenido en la Resolución DM/058, del 16
de octubre de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 40.029, de esa misma fecha, dictada por la
Ministra del Poder Popular para la Educación, que resolvió establecer la
normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo Educativo.
Constató el Juzgado de
Sustanciación que en el presente caso no se encuentran presentes las
causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley
Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que se
admitió la referida acción judicial.
En vista de la
admisión se ordenó notificar a la Fiscal General de la República, la
Ministra del Poder Popular para la Educación y al Procurador General de
la República (E), remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de
la documentación acompañada a ésta, y de la presente decisión.
Como en el presente
caso se solicitó una medida cautelar de suspensión de efectos del acto
impugnado, se acordó abrir cuaderno separado, el cual se iniciará con la
copia certificada de la solicitud, de la presente decisión, demás
documentos pertinentes y remitirlo a la Sala Político Administrativa a
los fines de su decisión.
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